Requerimirnto de etiquetado para productos preempacados
Requerimirnto de etiquetado para
productos preempacados
Esta
norma presenta los requerimientos que deben cumplir las etiquetas de los
productos pre empacado. Donde se recalca desde el idioma, los parámetros
generales de un etiquetado y simbología
que se debe utilizar correctamente en una etiqueta.
APLICACIÓN
Los
productos pre empacados deben ser etiquetados de acuerdo con esta norma antes
de ser ofrecidos a la venta, excepto que ya estén sujetos a otras leyes o
regulaciones específicas
Los
productos pre empacados con contenido variable no son considerados en esta
norma
Esta
norma no cubre regulaciones nacionales existentes, establecidas por razones de
salud, seguridad, impuestos o por otros propósitos, tales como fecha límite de
venta, uso o temperatura de almacenaje; sin embargo el etiquetado debe ser
tomado en cuenta apropiadamente. Declaraciones de ingredientes en la etiqueta
del paquete o información nutricional en productos alimenticios, ya sea
obligatorias o no, no son cubiertas en esta norma.
IDENTIDAD DEL PRODUCTO
El
área principal de exhibición en un pre empacado debe llevar una especificación
de la identidad del producto a menos que el envoltorio sea transparente. La identidad del producto debe ser llamativa
del área de principal exhibición, como también el tamaño del símbolo para que
sea fácil de leer y entender.
La
identidad del producto será en términos de al menos una de las siguientes:
a) el nombre especificado o requerido por
cualquier ley o regulación nacional aplicable.
b) el nombre común o usual del producto.
c) el nombre genérico u otro término
descrito apropiado tal como una especificación que incluya una declaración de
función del producto.
IDIOMA
La
etiqueta debe ser redactada en idioma español.
Cuando
la etiqueta esté en otro idioma, debe agregarse una complementaria, que
contenga la información que exige esta normativa. Esta etiqueta no podrá ser menor del tamaño del
espacio que ocupe la información que se sustituye.
FECHA DE VENCIMIENTO
La
etiqueta de productos pre empacados perecederos debe indicar claramente la
fecha de vencimiento del producto.
CANTIDAD NETA DECLARADA DEL PRODUCTO
PREEMPACADO
Un
producto pre-empacado lleva declaración de la cantidad neta del producto en el
área principal de exhibición. La declaración puede ser ubicada: en el lugar
inicial del empaque, distribución o importación.
La
cantidad neta será expresada en términos como, volumen, longitud, área
Dependiendo
de los requerimientos nacionales y aduaneros, podría ser expresada de la
siguiente manera:
a)
Volumen, Si el producto es líquido o viscoso. Normalmente la temperatura de
referencia no aparecería sobre la etiqueta.
b)
Masa, si el producto es sólido, semi-sólido o viscoso.
c)
La longitud en micrómetros es usada principalmente para expresar el grosor
menor a 1 mm para algunos productos tales como películas de polietileno.
NOMBRE Y LUGAR DEL NEGOCIO DEL
FABRICANTE, EMPACADOR, DISTRIBUIDOR O IMPORTADOR
La
etiqueta del producto pre-empacado debe especificar visiblemente el nombre y
domicilio del negocio de la persona responsable para cualquiera de estos
aspectos: fabricación, empaque, distribución, importación ó venta del producto.
Cuando
el producto no es fabricado ó empacado por la persona cuyo nombre aparece en la
etiqueta, debe ser calificado por una frase que revela la conexión que la
persona con el producto.
Por
ejemplo: fabricado para, distribuido por, comercializado por o importado por.
La
declaración del negocio con dirección de correo completa, será en acuerdo con
las leyes nacionales y el código postal ó podría ser representada por un indicador
(tal como número de código) si es permitido por las regulaciones nacionales.
UNIDADES DE MEDIDAS
Y SIMBOLOS
Para la declaración de la cantidad neta deben utilizarse,
cualquiera de las siguientes cuatro frases: “neto”, “peso neto”, “contenido
neto” o “cantidad neta”. Estas declaraciones pueden aparecer antes o después de
la declaración de cantidad neta
PRESENTACION DE LA INFORMACION
Las
declaraciones de cantidades menores a un número entero, pueden contener
fracciones, con no más de tres cifras decimales; con la condición de que la
declaración cumpla con la su cláusula 8.5.
Deben
aparecer con un tipo de letras y números remarcado, legible con facilidad o
impresas de tal forma que contraste visiblemente con el fondo, cuando el valor
de la cantidad neta es fundida, estampada o moldeada en la superficie del
paquete, debe ser colocada visiblemente en cualquier lugar, en la superficie
del paquete o en una etiqueta.
Importancia
de los números en las etiquetas. En general, el número usado en una etiqueta
debe ser mostrado con tres cifras del sistema decimal.
Tres
excepciones son permitidas:
a)
cantidades debajo de 100 g, 100 ml, 100 cm3, 100 cm2, 100 cm, podrán ser
mostradas con dos cifras.
b)
cualquier cero final a la derecha de la marca decimal no necesita ser
expresado.
c)
Si la cantidad es menor que uno, será mostrado en el sistema decimal con la
cifra cero precediendo la marca decimal. Las declaraciones tales como medio
kilogramo no son aceptadas.
TIPO DEL TAMAÑO DE
LETRAS Y NUMEROS
PARA DECLARACIONES
DE CANTIDAD NETA EN PAQUETES DE CONSUMO
Mínimo de altura de números y letras
Tamaño mínimo de números y letras
PRACTICAS NO PERMITIDAS.
Nivel
de llenado. Los paquetes serán llenados de tal manera que el comprador no pueda
ser engañado con respecto a la cantidad o identidad del producto que contiene.
Si
el producto pre-empacado es etiquetado en uno o más lugares del paquete, la
información en todas las etiquetas, deben ser equivalentes y de acuerdo con los
requisitos de esta norma.
EXCEPCIONES
Las
excepciones de la información requerida en las etiquetas de productos pre
empacados pueden ser hechas sobre la base de la práctica nacional; sin embargo,
tales excepciones serán expresadas explícitamente en las regulaciones
nacionales.
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